Las victorias judiciales inspiran nuevas demandas de demandantes trans, intersexuales y de dos espíritus

Gabriel Oviedo

Las victorias judiciales inspiran nuevas demandas de demandantes trans, intersexuales y de dos espíritus

En junio, Arkansas se convirtió en el primer estado en ver bloqueada por los tribunales su prohibición del cuidado de menores según la condición de género. En septiembre, un juez de un tribunal de distrito bloqueó temporalmente la prohibición de Montana de brindar cuidados de afirmación de género a jóvenes transgénero, que entraría en vigor el 1 de octubre.

Esas dos victorias han inspirado a los demandantes en Carolina del Norte y Montana a impugnar las leyes anti-LGBTQ+ aprobadas por legislaturas lideradas por los republicanos.

La semana pasada, en Carolina del Norte, la familia de un niño trans y un médico presentaron una demanda ante PFLAG y Lambda Legal contra funcionarios del estado, argumentando que la ley estatal que prohíbe la atención médica que afirma el género para menores transgénero discrimina por motivos de identidad de género y infringe el derecho de los padres a tomar decisiones médicas en nombre de sus propios hijos.

Al día siguiente, un grupo de demandantes intersexuales, de dos espíritus y trans presentaron una demanda en Montana, impugnando una ley que entró en vigor en mayo y que modifica el código estatal para declarar que “masculino” y “femenino” son los únicos dos sexos. Afirman que la ley es inconstitucional y equivale a discriminación basada en el sexo.

Los demandantes en Carolina del Norte dicen que el Proyecto de Ley 808 de la Cámara de Representantes, que los republicanos aprobaron con una supermayoría después de que el gobernador demócrata Roy Cooper vetara la legislación en agosto, viola la cláusula de protección igualitaria de la 14ª Enmienda. La ley prohíbe a los médicos recetar terapia hormonal o bloqueadores de la pubertad a menores y prohíbe la cirugía de afirmación de género para cualquier persona menor de 18 años (aunque este tipo de cirugías rara vez, o nunca, se realizan en menores).

“La atención médica que afirma el género es segura y efectiva, está basada en evidencia y es ampliamente aceptada”, dijo el asesor legal y estratega de atención médica de Lambda Legal, Omar González-Pagán, en una conferencia de prensa en la que anunció la demanda. Llamó a los demandantes “valientes” por hacer pública su lucha.

La impugnación del proyecto de ley 458 del Senado de Montana se destaca por incluir a personas intersexuales entre los demandantes, con tres personas trans, dos personas intersexuales y la Sociedad de los Dos Espíritus de Montana nombradas en la demanda.

Los demandantes de Montana cuestionan la idea de que sólo hay dos sexos biológicos, argumentando que la clasificación binaria de género es una forma de “colonización” destinada a “erradicar la cultura de los dos espíritus”.

El binario de género también perpetúa la mutilación de niños intersexuales.

Las leyes que prohíben la atención de menores en Texas y Florida establecen excepciones a sus prohibiciones de cirugía que permiten procedimientos en bebés nacidos con “genitales ambiguos”. Esos procedimientos se llevan a cabo con más frecuencia para “normalizar” los genitales de los niños que por cualquier razón médicamente necesaria. Los activistas intersexuales buscan que este tipo de cirugías sean ilegales, prefiriendo esperar hasta que las personas intersexuales puedan dar su consentimiento informado antes de recibir cualquier procedimiento quirúrgico.

“La SB 458 está motivada por la animadversión y el mero deseo de hacer daño”, afirma la demanda de Montana, aunque viola la 14ª Enmienda y el derecho de los demandantes a la privacidad y la libertad de expresión.

Los demandantes también afirman que la ley viola la “cláusula de dignidad” de la Constitución de Montana, un artículo que prohíbe “el trato que reduce deliberadamente el valor de las personas”.

Esa cláusula fue citada en la decisión que bloqueó la prohibición estatal de cuidados de afirmación de género para jóvenes transgénero en septiembre.