Fuente: DyN
El juez Federal Santiago Inchausti procesó este fin de semana a ocho integrantes de una organización neonazi que atacó, provocó daños, amenazó y discriminó a integrantes de una ONG por la diversidad sexual en la ciudad bonaerense de Mar del Plata.
La justicia dictó prisión preventiva y se dispuso un embargo de un 1 millón de pesos a cada uno de los integrantes de la banda neonazi, según informó el sitio fiscales.gob.ar.
En línea con la hipótesis trazada por los fiscales Laura Mazzaferri y Nicolás Czizik, Inchausti resolvió el procesamiento de “Oleksandr Levchenko, Alan Emanuel Olea, Gonzalo Paniagua, Nicolás Caputo, Franco Martín Pozas, Giuliano y Giordano Spagnolo”, y un menor de edad, los dos últimos sin prisión preventiva, por una serie de hechos violentos vinculados a supuestos de discriminación e imposición de una ideología.
Están acusados de haber actuado, en grupo o individualmente, en diversos episodios de violencia -que van desde pintadas, daños materiales, amenazas de muerte y fuertes golpizas-, cuyas víctimas no son elegidas al azar, sino bajo la reivindicación del nazismo y el uso y difusión de simbología vinculada a ello, cuestiones contempladas como actos discriminatorios en la ley 23.592.
La causa se inició a partir de una denuncia que da cuenta de una amenaza de muerte en la calle, en octubre de 2015. Tras las primeras medidas investigativas, se vislumbró la existencia de otros expedientes en trámite en la justicia provincial y federal que podrían abordar hechos similares.
Esto derivó en un pedido de los fiscales de investigar de modo conjunto los distintos expedientes -que fue respaldado y elevado por el fiscal de Distrito Daniel Adler- y la siguiente resolución de la procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, que ordenó la conformación de una comisión de fiscales para tal fin, además de la colaboración de las unidades fiscales especializadas en Violencia contra las Mujeres (UFEM) y en Ciber-delincuencia (UFECI).
De este modo, se solicitó la conexidad de cinco causas que estaban tramitando en Justicia Federal, y se pidió la inhibitoria de otros cinco expedientes que tramitaban ante los Tribunales provinciales.
Luego de las declaraciones indagatorias -a las que los acusados se negaron- y las rondas de reconocimientos, el procesamiento requerido por el Ministerio Público fue resuelto por el magistrado.
El juez ordenó dar intervención al INADI dado que “se observa del material fílmico y fotográfico reservado -sin perjuicio de la prueba que representa para estas actuaciones-, la presencia de varias personas -algunas probablemente menores de edad- para su análisis y tratamiento frente al peligro de propagación de conductas futuras”.
Según consta en la resolución, Olea, Paniagua, Caputo, los hermanos Spagnolo, Levchenko -alias “Rusito”-, Pozas y un menor de edad, han sido parte de una organización desde al menos el año 2013 mediante la cual han articulado, en conjunto o individualmente de acuerdo al caso, amenazas y causado lesiones físicas, así como daños materiales, movidos en función de las proclamas del grupo nazi al que pertenecían, conductas que encuentran su encuadre legal en el delito contemplado en el artículo 213 bis del Código Penal y Ley 23.592 artículos 2 y 3, en calidad de coautores.
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Etiquetas: ataque neonazi crimenes de odio Homofobia mar del plata organización neonazi