Las parejas del mismo sexo acaban de obtener una victoria crucial en la Corte Suprema de Filipinas

Gabriel Oviedo

Las parejas del mismo sexo acaban de obtener una victoria crucial en la Corte Suprema de Filipinas

En una decisión que sienta un precedente y que podría ser un buen augurio para la legalización del matrimonio entre personas del mismo sexo en Filipinas, la Corte Suprema del país dictaminó que las parejas del mismo sexo pueden ser consideradas copropietarias de bienes adquiridos a lo largo de su relación.

El fallo se produjo a partir de una pareja de lesbianas que decididamente no está interesada en casarse, la Estrella de Filipinas informó.

El fallo promulgado el 5 de febrero y escrito por el juez asociado Jhosep López llegó al tribunal más alto del país después de que las dos mujeres habían vivido juntas durante varios años. En ese tiempo, compraron una casa y un lote en Quezon City y lo registraron con el nombre de un solo socio.

Luego decidieron separarse.

Inicialmente, las dos mujeres acordaron vender la propiedad y dividir las ganancias en partes iguales. Sabiendo que no se beneficiarían de las leyes de propiedad comunitaria otorgadas a las parejas casadas, el socio que oficialmente era dueño de la casa y el lote firmó un “reconocimiento” confirmando que el otro había pagado aproximadamente el 50% de los costos de compra y renovación de la propiedad.

Luego ella incumplió el trato.

Después de que ella negó la copropiedad de la otra mujer y se negó a vender, el socio despreciado acudió a los tribunales y presentó un caso basado en el reconocimiento firmado.

Se produjo un tira y afloja sobre culpabilidad, daños y falta de pruebas en dos tribunales y apelaciones antes de que el caso llegara al tribunal más alto del país.

Un caso que enfrenta a un demandante y un demandado similares pero casados ​​normalmente se aplicaría al artículo 147 del Código de Familia de Filipinas. Ese artículo se aplica a las parejas que son legalmente elegibles para casarse y “presume” la propiedad conjunta de los bienes adquiridos durante la convivencia, explicó el alto tribunal.

Pero como el Código de Familia limita el matrimonio a la unión entre un hombre y una mujer, el tribunal superior sostuvo que el caso de la pareja de lesbianas en lucha necesariamente entraba bajo el artículo 148, que se aplica a aquellos a quienes se les prohíbe contraer matrimonio y exige prueba de contribución real para que un bien sea considerado común.

Ese “reconocimiento” firmado proporcionó la prueba.

“Habiendo admitido el aporte real del peticionario, sus partes correspondientes se presumen prima facie iguales. Así, con el artículo 148 del Código de Familia y el Reconocimiento otorgado por el demandado, el peticionario es copropietario hasta el 50% de la participación del inmueble en cuestión”, se lee en el fallo.

“Considerando que hay copropiedad entre el peticionario y el demandado, entonces cada copropietario puede exigir en cualquier tiempo la partición de la cosa común, en cuanto a su parte. Teniendo interés legítimo sobre el bien objeto, el peticionario tiene derecho a exigir la división del bien objeto”, añadió el juez López.

La legislación que legaliza las uniones civiles o el matrimonio igualitario pleno para parejas del mismo sexo en Filipinas ha estado estancada en el Congreso del país durante varias sesiones.

Las opiniones coincidentes en el caso señalaron la brecha entre la opinión pública, que generalmente apoya los derechos LGBTQ+ en Filipinas, y la acción legislativa.

El juez Lázaro-Javier reconoció “los valores prevalecientes en la sociedad moderna, así como la diferencia flagrante pero injustificada en el trato de las parejas heterosexuales frente a sus homólogos homosexuales”, mientras que el fallo mayoritario pidió al Congreso abordar la cuestión central del caso de manera más amplia.

“Principalmente, la razón pública debe moldearse primero a través del crisol de campañas y defensas dentro de nuestros foros políticos antes de que se agudice para convertirse en un mandato judicial”, dijo el tribunal.

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