El Tribunal Supremo de Filipinas ha dictaminado que las parejas del mismo sexo que viven juntas pueden ser reconocidas como copropietarias de bienes adquiridos durante su relación, siempre que exista prueba clara de su contribución real.
En decisión puesta en vigor el 5 de febrero y escrita por el juez adjunto Jhosep López, la Corte aclaró que debido a que el matrimonio entre personas del mismo sexo aún no está reconocido legalmente en el país, las relaciones patrimoniales entre parejas del mismo sexo se rigen por el artículo 148 del Código de Familia.
A diferencia del artículo 147, que presume la copropiedad para las parejas legalmente elegibles para casarse, el artículo 148 se aplica a las parejas a las que se les prohíbe contraer matrimonio y requiere evidencia de la contribución financiera o material de cada cónyuge.
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El caso surgió de una disputa entre dos mujeres que compraron una casa y un lote en Quezon City durante su relación, registrando la propiedad a nombre de uno de los socios.
Después de su separación, uno de los socios solicitó la partición de la propiedad, citando un reconocimiento firmado en el que el otro admitía que había contribuido con alrededor del 50% de los costos de compra y renovación.
Los tribunales inferiores desestimaron la demanda, pero la Corte Suprema revocó esos fallos y consideró que el reconocimiento era prueba suficiente de la contribución real según el artículo 148.
El Tribunal sostuvo que el peticionario es copropietario con derecho a una participación del 50% y puede exigir la partición de la propiedad de conformidad con el Código Civil.
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